Resolución del Rector de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan 1000 becas de ayuda a la matrícula del examen CertAcles B2 o C1 en inglés.
Publicado en el DOGV num. 9785 / 09.02.2024
Descarga en PDF la resolución del Rector con las bases de la convocatoria
RESOLUCIÓN DEL RECTOR CON LA ADJUDICACIÓN DE LAS BECAS LINGUAE 2024 (19/04/2024)
Una vez leida la convocatoria, rellena esta hoja de inscripción y preséntala junto a uno de los requisitos que debes de cumplir:
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Solicitantes de la beca para B2:
- Haber superado una asignatura de nivel B2 en su escuela o facultad.
- Haber acreditado el nivel de B2 en el grado a partir de cualquiera de las vías previstas en la normativa de la UPV.
- Haber cursado un nivel B2 o superior en el Centro de Lenguas.
Solicitantes de la beca para C1:
- Acreditar el nivel de B2 a partir de cualquier certificado reconocido en las tablas ACLES.
- Haber cursado un nivel C1 o superior en el Centro de Lenguas.
en las oficinas de Registro General de la UPV:
Campus de Vera: (Edif. 3F, junto a rectorado) Horario: lunes a viernes de 9 a 14 horas.
Campus de Gandia: (Edificio "F" (Administración), 1ª planta) Horario: lunes a viernes de 10 a 13 horas.
Campus de Alcoy: (4ª planta del Edificio de Carbonell (Servicio de Alumnado). Horario: lunes a viernes de 10 a 13:30 horas.
o telemáticamente si dispones de certificado digital o clave en el registro electrónico de la Administración General del Estado: https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
o a través de la sede electrónica de la UPV: https://sede.upv.es/,
EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES ES DEL 10 DE FEBRERO AL 21 DE MARZO DE 2024
OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es la concesión por parte del Vicerrectorado de Organización de Estudios, Calidad, Acreditación y Lenguas de 1000 becas de ayuda a la matrícula del examen CertAcles B2 o C1 de inglés, en una de las dos convocatorias del CDL posteriores a la concesión de la subvención, para aquellos alumnos matriculados en la Universitat Politècnica de València que acrediten el cumplimiento de los requisitos estipulados en las bases reguladoras del procedimiento
CUANTÍA DE LAS AYUDAS Y CRÉDITO PRESUPUESTARIO
Cada una de las becas/ayudas está dotada con un máximo de 50 € correspondientes a una parte de las tasas de matrícula del certificado CertAcles (B2 o C1).
La dotación económica de la ayuda estará sujeta a la correspondiente retención que establece la normativa vigente.
La presente convocatoria se financiará con cargo a la partida presupuestaria 005070000 por un importe máximo/total de 50.000 € aplicables al ejercicio 2024, existiendo crédito presupuestario adecuado y suficiente.
DESTINATARIOS
Estas becas se dirigen a estudiantes de grado y master de la UPV.
Los solicitantes de las becas deben cumplir, al término del plazo de solicitud, uno de los siguientes requisitos:
Solicitantes de la beca para B2:
- Haber superado una asignatura de nivel B2 en su escuela o facultad.
- Haber acreditado el nivel de B2 en el grado a partir de cualquiera de las vías previstas en la normativa de la UPV.
- Haber cursado un nivel B2 o superior en el Centro de Lenguas.
Solicitantes de la beca para C1:
- Acreditar el nivel de B2 a partir de cualquier certificado reconocido en las tablas ACLES.
- Haber cursado un nivel C1 o superior en el Centro de Lenguas.
DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Quienes deseen solicitar alguna de estas becas deberán presentar:
Las solicitudes se acompañarán de la siguiente documentación:
- Justificación de cumplir con cualquiera de los requisitos señalados en la convocatoria.
- Fotocopia DNI/MATRÍCULA UPV 2023/2024
.
Las solicitudes, junto con el resto de la documentación deberán presentarse en cualquiera de las oficinas de Registro de la UPV o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las oficinas de Registro en la UPV son:
- Registro a través de la sede electrónica de la UPV: : https://sede.upv.es/,
- Registro electrónico de la Administración General del Estado REDSARA (requiere estar en posesión de certificado electrónico) https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do
- Registro General de la UPV, Camino de Vera, s/n. 46022 Valencia.
- Registro de la Escuela Politécnicas Superior de Alcoy, Plaza Ferrándiz y Carbonell, s/n. 038001 Alcoy (Alicante).
- Registro de la Escuela Politécnica Superior de Gandía, Calle Paraninfo, 1. 46730 Gandía (Valencia).
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 10 de febrero de 2024 y finaliza el 21 de marzo de 2024.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de las bases, así como las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
ÓRGANO INSTRUCTOR Y COMITÉ DE SELECCIÓN
El órgano competente para la instrucción del procedimiento es el Centro de Lenguas de la UPV El medio de publicación de cualquier acto que se dicte será la página web del Centro de Lenguas de la UPV https://www.cdl.upv.es
Se designará una Comisión de Selección para la valoración y propuesta de los beneficiarios. En todos los casos la Comisión elevará la propuesta al rector, para la resolución definitiva.
La Comisión de Selección podrá declarar desiertas las becas si no se cumpliesen los requisitos exigidos o por otros motivos que serán debidamente motivados y elevándose la propuesta al rector, para la resolución definitiva.
La Comisión resolverá las incidencias que se puedan ocasionar a lo largo de la convocatoria con objetividad y transparencia.
El Órgano de Instrucción y la Comisión de Selección de la convocatoria se comprometen a no difundir, transmitir o revelar a terceros cualquier información en interés propio o de terceros en relación a la documentación presentada.
La valoración y propuesta de los beneficiarios será realizada por una Comisión de Selección. La Comisión seleccionará y propondrá a los ganadores, una vez realizada la revisión de solicitudes y aplicados los criterios de valoración previstos, con la documentación aportada.
La Comisión de selección, estará constituida por:
- Presidente: Luis Miret Pastor, Director del Área de Lenguas de la UPV
- Vocales:
- Julia Zabala, Subdirectora académica del CDL UPV
- Yvonne McLucas. Técnica del CDL- UPV.
- David Rhead, Técnico del CDL-UPV
- Secretario: Jorge Sales Blasco, Administrativo del CDL-UPV
La Comisión de Valoración se regirá por lo previsto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
CRITERIOS DE VALORACIÓN
La concesión de las becas se efectuará mediante el régimen de concurrencia competitiva.
Los baremos y criterios de valoración que se apliquen serán objetivos, no discriminatorios y respetarán el principio de igualdad.
Las solicitudes presentadas serán baremadas conforme al criterio de orden de presentación
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS
Los beneficiarios de las ayudas quedan obligados a:
- Aceptar las bases de la presente convocatoria.
- Destinar la ayuda a la finalidad para la que se concede.
- Someterse a las actuaciones de comprobación que puedan realizarse por los órganos competentes, quedando obligados a facilitar toda la información y documentación que les pueda ser requerida al efecto.
- Comunicar la obtención de subvenciones o becas para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u Organismo de la Administración Autonómica, Local o Institucional o Entidades Públicas o Privadas.
- Aceptar las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
El incumplimiento de estas obligaciones, así como la falta de presentación de la documentación justificativa correspondiente, supondrá la pérdida de la ayuda y, en su caso, la devolución de las cantidades ya percibidas.
Las ayudas objeto de la presente convocatoria serán incompatibles con la percepción para el mismo curso de cualquier otra beca o beneficio económico otorgado, para la misma finalidad, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado u Organismo de la Administración Autonómica, Local o Institucional o Entidades Públicas o Privadas.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Y RESOLUCIÓN
El procedimiento de concesión consta de los siguientes trámites:
- Presentación de solicitudes: las solicitudes junto con el resto de documentación se presentarán en la forma, lugar y plazo estipulados en la cláusula cuarta de la convocatoria.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de estas bases, así como las obligaciones propias derivadas del marco legal en materia de ayudas y subvenciones.
- Publicación del listado provisional de admitidos y excluidos: el órgano de instrucción publicará en la página web del Centro de Lenguas de la UPV. https://www.cdl.upv.es el listado provisional de solicitantes admitidos y excluidos, en el que se indicarán en su caso los motivos de la exclusión. Los interesados dispondrán de un plazo de 5 días hábiles para realizar las alegaciones y/o subsanaciones que tengan por conveniente.
- Publicación del listado definitivo de admitidos y excluidos: el órgano instructor teniendo en cuenta las alegaciones y/o subsanaciones presentadas publicará en la página web del Centro de Lenguas de la UPV. https://www.cdl.upv.es el listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos del procedimiento. Asimismo se comunicará a todos los interesados vía correo electrónico.
- Baremación: la Comisión de selección evaluará las solicitudes en base a los criterios objetivos de concesión establecidos en la base tercera y emitirá el correspondiente informe motivado.
- Propuesta de resolución: el órgano de instrucción, teniendo en cuenta los informes emitidos por la Comisión de selección y el expediente, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se publicará en la página web del Centro de Lenguas de la UPV. https://www.cdl.upv.es
- Se concederá un plazo de 5 días hábiles para presentar las alegaciones y/o adjuntar los documentos que se estimen oportunos frente a esta propuesta de resolución. El órgano instructor teniendo en cuenta las alegaciones presentadas elevará la propuesta de resolución definitiva al Rector.
- Resolución definitiva: el Rector dictará la resolución motivada de concesión definitiva, que se publicará en la página web del Centro de Lenguas de la UPV. https://www.cdl.upv.es Asimismo se comunicará a todos los interesados vía correo electrónico.
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En cumplimiento de lo previsto en el Reglamento General de Protección de Datos UE 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que el responsable del tratamiento de los datos tratados con objeto de esta convocatoria es la Universitat Politècnica de València. La base legal para el tratamiento de sus datos personales es la necesidad de gestionar el procedimiento de concesión de becas de la presente convocatoria. No están previstas cesiones o transferencias internacionales de los datos personales tratados. Los interesados podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación u oposición al tratamiento aportando copia de un documento oficial que les identifique y, en su caso, la documentación acreditativa de su solicitud ante el Delegado de Protección de Datos de la Universitat Politècnica de València, Secretaría General. Universitat Politècnica de València, Camí de Vera, s/n 46022-València. En caso de reclamación la autoridad competente es la Agencia Española de Protección de Datos. Los datos se conservarán en virtud de la legislación aplicable al presente tratamiento.
RECURSOS
Contra la presente convocatoria y sus bases, así como contra la resolución de la presente convocatoria, que agotan la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Rectorado de la UPV en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con los dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los órganos de jurisdicción contencioso-administrativa de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, conforme a los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.